Empresas con más de 8 M€: emitir y recibir
Siguiente plazoVigente
Emisión, recepción y comunicación de estados de facturas B2B en formato EN 16931.
Fuente:
Otras 2 fuentes
Verificado el
Cuándo tienes que expedir, recibir y comunicar estados de facturas electrónicas entre empresas, según tu volumen. Con su fuente.
Datos verificados el .
Estas fechas están publicadas en el Real Decreto 238/2026 y en la Orden HAC/1028/2026. El aplazamiento anunciado por Hacienda se refiere a Verifactu: consulta sus plazos.
Siguiente plazoVigente
Emisión, recepción y comunicación de estados de facturas B2B en formato EN 16931.
Fuente:
Verificado el
Vigente
Emisión y recepción de facturas B2B en formato EN 16931.
Fuente:
Verificado el
Vigente
Aceptación, rechazo y pago de las facturas recibidas.
Fuente:
Verificado el
Vigente
Hasta esa fecha la comunicación es voluntaria.
Fuente:
Verificado el
Más de 8 M€, desde el 06/10/2027. Expedir y remitir facturas electrónicas en formato EN 16931, con PDF legible adjunto durante 12 meses salvo aceptación expresa del receptor.
Resto, desde el 06/10/2028. Expedir y remitir facturas electrónicas en formato EN 16931 a empresarios y profesionales establecidos en España.
Más de 8 M€, desde el 06/10/2027. Recibir facturas electrónicas en formato EN 16931 y atender la aceptación, el rechazo y el pago completo; el rechazo se comunica en un plazo de 4 días naturales, sin contar sábados, domingos ni festivos nacionales.
Resto, desde el 06/10/2028. Recibir facturas electrónicas en formato EN 16931 de empresarios y profesionales establecidos en España.